Marcas

Guía general para el registro de marcas en México (2026)

Última actualización: abril de 2026

Requisitos para presentar una solicitud de marca en México

Los requisitos mínimos para presentar una solicitud de marca y obtener una fecha de presentación ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) son los siguientes:

  • Solicitud de marca firmada utilizando el formulario estándar proporcionado por el IMPI.
  • Datos del solicitante (nombre, domicilio, nacionalidad).
  • Descripción de los productos o servicios que la marca pretende proteger, clasificados conforme a la Clasificación Internacional de Niza.
  • Pago de la tarifa oficial correspondiente.
  • El solicitante podrá declarar una fecha de primer uso de la marca en México, aunque no es obligatorio.
  • Si más de una persona es titular de la solicitud, se deberá presentar un convenio de cotitularidad.
  • No se aplican tarifas adicionales por la cantidad de productos o servicios cubiertos dentro de una misma clase.
  • Los solicitantes residentes en el extranjero deben estar representados por un abogado con domicilio en México.

Prioridad extranjera

Si la solicitud reclama prioridad con base en una solicitud presentada previamente en otro país miembro del Convenio de París, el solicitante deberá proporcionar la fecha de presentación, el número de solicitud y el país de origen. Se deben cubrir las tarifas adicionales correspondientes. No se requiere presentar copia certificada del documento de prioridad.

Solicitudes por clase

En México, se debe presentar una solicitud de registro de marca por cada clase de productos o servicios que se busque proteger. No se admiten solicitudes multiclase.

Los registros internacionales conforme al Protocolo de Madrid que abarquen múltiples clases se dividirán en solicitudes nacionales individuales, una por cada clase, al designar a México.

Tipos de marcas registrables en México

La LFPPI reconoce como registrables los siguientes tipos de signos distintivos: marcas nominativas, innominadas (figurativas), mixtas, tridimensionales, sonoras, olfativas, holográficas, de imagen comercial (trade dress), avisos comerciales (eslóganes) y nombres comerciales.

Novedad de la reforma 2026

La reforma amplió expresamente el catálogo de signos susceptibles de registro para incluir marcas de posición, marcas de movimiento y marcas multimedia, además de reconocer de manera más clara que una marca puede integrarse por la combinación de cualquiera de los elementos enumerados en la ley.

Resumen del procedimiento de registro

Después de su presentación, las solicitudes de registro de marca pasan por las siguientes etapas:

  1. Examen de forma. El IMPI verifica que la solicitud cumpla con los requisitos formales y que la clasificación de productos o servicios sea correcta.
  2. Publicación y periodo de oposición. La solicitud se publica en la Gaceta de la Propiedad Industrial dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación. Cualquier tercero tiene un plazo de un mes para presentar una oposición.
  3. Examen de fondo. El IMPI analiza la registrabilidad de la marca, considerando anterioridades, distintividad y, en su caso, las oposiciones presentadas.
  4. Resolución. Si no existen impedimentos, el IMPI concede el registro y emite el título correspondiente.

Cada etapa se inicia de forma automática; no se requieren actuaciones adicionales ni el pago de tarifas intermedias por parte del solicitante.

Novedad de la reforma 2026

La ley incorpora la posibilidad de suspender el trámite de una solicitud cuando existan procedimientos de nulidad, cancelación o caducidad relacionados con signos relevantes, o cuando la resolución de la solicitud dependa del resultado de otro procedimiento.

Duración del trámite

Las solicitudes de registro de marca toman en promedio de 4 a 8 meses desde la fecha de presentación para resolverse, cuando no se presentan obstáculos. Si el IMPI emite requerimientos o un tercero presenta una oposición, el trámite puede extenderse a entre 12 y 18 meses.

Novedad de la reforma 2026

La ley establece plazos máximos para la actuación del IMPI en distintas etapas del procedimiento de signos distintivos, incluyendo la resolución de solicitudes, publicaciones y trámites administrativos. Además, se crea un Comité Técnico Especializado cuya función es coordinar la resolución oportuna de trámites cuando exista extemporaneidad.

Vigencia, declaración de uso y renovación

Una solicitud de marca aprobada se concede de manera automática. No se requiere el pago de tarifas adicionales por la emisión del título de registro.

Declaración de uso. El titular debe presentar una declaración de uso real y efectivo de la marca dentro de los tres meses siguientes al tercer aniversario de la fecha de concesión del registro. La falta de presentación causa la caducidad automática del registro. El IMPI no envía recordatorios. Este requisito aplica a cualquier registro otorgado a partir del 10 de agosto de 2018.

Vigencia. Las marcas tienen una vigencia de diez años contados a partir de la fecha de concesión del registro.

Renovación. Las marcas pueden renovarse por periodos consecutivos de diez años de forma indefinida. El plazo para solicitar la renovación es de seis meses antes hasta seis meses después de la fecha de vencimiento. La renovación debe incluir una declaración de uso.

Los titulares de registros residentes en el extranjero requieren representación de un abogado con domicilio en México para solicitar la renovación o presentar la declaración de uso.

Esta guía refleja el estado de la legislación al mes de abril de 2026, incluyendo las reformas a la LFPPI publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 2026. Para una asesoría personalizada sobre el registro de tu marca, contáctanos.

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